Redacción / Quintana Roo Ahora
Quintana Roo.- La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este martes la resolución del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) de negar el registro como partido político local al Partido de la Revolución Democrática (PRD). Esto se dio tras resolver el Juicio de Revisión Constitucional (JRC) 291/2024.
El TEPJF determinó que la decisión del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) y del Teqroo de negar el registro al PRD fue correcta, dado que el partido no alcanzó el 3% de la votación válida emitida en las elecciones locales de 2024, requisito indispensable para convertirse en partido político estatal.
En el proyecto presentado, se desestimaron los argumentos del PRD que señalaban incongruencia en la interpretación del Teqroo respecto a la certificación del porcentaje de votación obtenido. Según el Tribunal, el análisis realizado por las autoridades locales fue coherente con los planteamientos expuestos. Además, se declaró infundada la interpretación de una posible violación al derecho de asociación, respaldando que los partidos políticos nacionales que pierden su registro deben cumplir con el requisito del 3% para operar como partidos locales.
Por otro lado, la Sala Xalapa también rechazó, por mayoría de votos, regresarle la décima regiduría de Playa del Carmen a la panista Kira Iris San. Según los magistrados, el cargo debe ser ocupado por la siguiente propietaria en el orden de prelación y no por la suplente de la candidata propietaria que renunció al puesto, decisión tomada tras resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales (JDC) 789/2024.
Con estas resoluciones, el TEPJF reafirma los criterios legales que rigen la operación de los partidos políticos y la distribución de los cargos edilicios, subrayando la importancia de cumplir con los requisitos establecidos por la ley electoral.