septiembre 27, 2025

Redacción/Quintana Roo Ahora

CIUDAD DE MÉXICO.- El exgobernador de Puebla, Mario Marín, acusado de tortura contra la periodista Lydia Cacho, fue trasladado este miércoles al penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México, tras la revocación de su medida cautelar.

La organización Artículo 19 compartió un video en el que Lydia Cacho confirmó su reingreso al penal. «Hoy celebramos la resolución del Tribunal de Apelación en Quintana Roo, bajo la cual Mario Marín seguirá su proceso de prisión en el Altiplano bajo máxima seguridad, atendiendo al riesgo de fuga y para las víctimas», expresó la organización no gubernamental.

La Fiscalía General de la República (FGR) detalló que el traslado se llevó a cabo con apoyo de la Guardia Nacional, luego de que un Tribunal de Circuito aceptara su petición de modificar la medida cautelar de prisión domiciliaria.

En agosto, el exgobernador de Puebla dejó la prisión federal de alta seguridad del Altiplano, ubicada en Almoloya de Juárez, y fue trasladado a su casa en Puebla, donde continuó su proceso judicial, conforme a lo dispuesto por la jueza Angélica del Carmen Ortuño Suárez, del Juzgado Tercero de Distrito en Quintana Roo.

La jueza modificó la medida cautelar, permitiendo la prisión domiciliaria debido al presunto delito de tortura y la protección de redes de trata infantil, lo que provocó su salida inmediata del penal federal.

egún la tarjeta informativa sobre el cambio de medida cautelar en la causa penal 26/2028, exgobernador de Puebla promovió una demanda de amparo en 2023, cuestionando la decisión de mantener su medida cautelar de prisión preventiva. El amparo fue concedido, ordenando a la jueza revisar nuevamente la necesidad de la medida, dado que ya habían transcurrido los dos años máximos establecidos por la Constitución.

«Desahogado el juicio, se dictó sentencia en la que se concedió el amparo y se ordenó que la juez de la causa debía emitir una nueva resolución en la que analizará la subsistencia de la medida de prisión preventiva que se le había impuesto, al ya haber transcurrido el plazo de dos años que como máximo prevé la Constitución y precisó que como se trataba de una medida restrictiva de la libertad, la Ley de Amparo dispone que su cumplimiento debe ser inmediato; cabe precisar que en contra de esta sentencia procede el recurso de revisión», se lee en el documento.

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