septiembre 27, 2025

Redacción / Quintana Roo Ahora

TABASCO.- El sacerdote católico Isidro “N”, conocido como el “Padre Chilo” y párroco en el municipio de Cárdenas, fue detenido por agentes de la Fiscalía General del Estado de Tabasco (FGET), acusado de abuso sexual en contra de menores de edad.

De acuerdo con la dependencia, la detención se realizó en cumplimiento a una orden de aprehensión girada por un juez, luego de una denuncia formal presentada por una de las víctimas. El religioso, originario de Huimanguillo, fue asegurado tras la integración de una carpeta de investigación respaldada con diversos elementos de prueba.

“Esta acción derivó de la integración de una carpeta de investigación sustentada con diversos elementos de prueba”, puntualizó la FGET, que además reiteró su compromiso con la protección de niñas, niños y adolescentes.

La Fiscalía llamó a la ciudadanía a evitar la difusión de información no confirmada que pueda entorpecer el proceso legal o revictimizar a los afectados, y aclaró que el procedimiento penal seguirá su curso garantizando tanto los derechos de las víctimas como la presunción de inocencia del imputado.

Previo a confirmarse su captura, familiares y feligreses habían difundido reportes en redes sociales sobre la supuesta “desaparición” del sacerdote, sin saber que se trataba de una detención judicial. El Padre Chilo era una figura conocida en la sociedad cardenense, habitual en cafés locales y colaborador de un noticiero digital con la sección “Píldora de fe. Vitamina para el alma”.

El Artículo 327 del Código Penal de Tabasco tipifica como pederastia cualquier acto de penetración —vaginal, anal u oral— con una persona menor de 14 años, imponiendo penas de 15 a 20 años de prisión, además de multas que van de mil a tres mil días de salario.

Cuando el delito es cometido por una persona con una relación de confianza, autoridad o poder sobre la víctima —como en casos de vínculos religiosos, docentes, familiares o laborales— la pena aumenta de uno a cinco años adicionales.

La legislación estatal establece de manera expresa que el consentimiento de un menor de 14 años carece de validez jurídica, reforzando así la protección absoluta a la infancia.

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