SAT desmiente operativos masivos de visitas domiciliarias: no hay “terrorismo fiscal” en junio

Redacción / Quintana Roo Ahora

CANCÚN.- Desde finales de mayo comenzaron a circular en redes sociales y algunos medios versiones alarmistas sobre supuestos operativos masivos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que incluirían visitas domiciliarias para imponer sanciones a contribuyentes. La desinformación generó inquietud especialmente entre asalariados, arrendadores, jubilados y personas inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Ante el crecimiento de estos rumores, el SAT emitió este 6 de junio un comunicado oficial desmintiendo categóricamente dichas versiones. El organismo fiscal subrayó que no existe ningún operativo en curso que contemple visitas domiciliarias masivas ni acciones punitivas dirigidas a sectores específicos de contribuyentes.

“Es falso que se estén realizando visitas masivas a domicilios fiscales para imponer multas o sanciones. No hay campañas focalizadas hacia asalariados, arrendadores, personas jubiladas o pensionadas”, aclaró el SAT en su posicionamiento.

Además, reiteró que las personas jubiladas no son un grupo de revisión prioritaria y, en todo caso, sólo podrían ser objeto de verificación en situaciones excepcionales. La dependencia enfatizó que todas sus acciones se rigen bajo el marco legal y con pleno respeto a los derechos de los contribuyentes, rechazando cualquier intento de infundir miedo con discursos de “terrorismo fiscal”.

¿Cuándo sí puede el SAT visitar tu domicilio?

Aunque el SAT negó tajantemente que haya operativos masivos en curso, aclaró que sí tiene la facultad legal de realizar visitas domiciliarias conforme al artículo 42, fracción III del Código Fiscal de la Federación. Estas revisiones están estrictamente reservadas para casos donde se identifique un riesgo fiscal, es decir, cuando existan indicios objetivos de que un contribuyente podría estar incumpliendo sus obligaciones.

Estas visitas pueden tener como propósito:

  • Verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
  • Revisar documentación, contabilidad o inventarios en el domicilio fiscal.
  • Confirmar que la actividad económica declarada coincida con la actividad real.

Para llevar a cabo una visita, el SAT debe emitir una orden por escrito y seguir el procedimiento legal correspondiente. No se permiten visitas arbitrarias ni sin justificación formal.

Más cumplimiento, menos correcciones

Finalmente, la dependencia celebró que gracias al crecimiento de la cultura contributiva en México, cada vez más personas físicas y morales cumplen con sus obligaciones de forma voluntaria. Esto ha permitido reducir la necesidad de medidas correctivas como las visitas domiciliarias.

Con este mensaje, el SAT busca contener la desinformación y enviar un mensaje de confianza a los contribuyentes: no hay campañas masivas, ni inspecciones sorpresa por parte de la autoridad, sino un esfuerzo constante por mantener la legalidad y el respeto mutuo entre fisco y ciudadanía.