noviembre 11, 2025

Agencias

CANCÚN.- El nuevo Reglamento de la Ley de Turismo de Quintana Roo, contempla multas de hasta 100 mil pesos para inmuebles que no sean inscritos en el Registro Estatal de Turismo, por lo que personas o empresas del giro, cuentan con un plazo de 90 días para realizar su registro,  informó el titular de la Secretaría de Turismo de Quintana Roo, Bernardo Cueto Riestra.

El secretario destacó que es facultad de los municipios emitir o rescindir los permisos correspondientes a licencias de funcionamiento. Sin embargo, quiénes ofertan los alojamientos a través de plataformas digitales, deben estar inscritos en el  Registro Estatal de Turismo, pues de lo contrario serán multados.

De acuerdo con el documento en el articulo décimo transitorio, establece que las plataformas digitales que ofertan centros de hospedaje, deben actualizar sus sistemas, para que en todos sus listados se incluya el folio de la inscripción al Registro Estatal de Turismo.

Esto significa que una renta vacacional que no cuente con este folio, no podría ser publicada por cualquiera de estas plataformas, ya sea Booking, Airbnb, entre otras.

Estas empresas serán obligadas a informar a sus “anfitriones” de los requisitos necesarios para poder operar de forma legal en el estado.

La Sedetur trabajará en coordinación con el Servicio de Administración Tributaria de Quintana Roo (SATQ) para que estas rentas vacacionales, ya inscritas, cumplan el pago de sus obligaciones fiscales.

Bernardo Cueto indicó que ya tuvo una reunión esta semana con el Consejo Hotelero del Caribe Mexicano, organismo que ha solicitado la regulación de estas plataformas digitales, para informarles de este nuevo reglamento, y para indicarles que el gobierno del Estado ya “ha cumplido” en esta materia, pues ahora queda en manos de los municipios determinar si permitirán o limitarán este tipo de alojamientos en distintas zonas geográficas.

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