En un desarrollo preocupante, la empresa concesionaria Promotora Inmobiliaria Mahahual S.A. de C.V. (Pimsa) aún no ha cumplido con el pago de una multa que asciende a más de 5 millones 178 mil 597.06 pesos, la cual fue impuesta por omisiones en el manejo del relleno sanitario.
Alonso Fernández Lemmen Meyer, titular de la Procuraduría de Protección Ambiental (PPA) estatal, informó que hasta el momento no ha habido ningún contacto por parte de Pimsa para saldar la sanción. «De la empresa Pimsa no he recibido ninguna notificación de pago por parte de ellos, ni tampoco un acercamiento para discutir posibles descuentos», señaló.
Ante la falta de respuesta de la empresa, se está considerando la posibilidad de enviar personal encargado de realizar la cobranza correspondiente, ya que el plazo otorgado de 90 días ha expirado. Fernández Lemmen Meyer agregó: «Cuando no pagan el resolutivo, se manda a Cobro del SATQ (Servicio de Administración Tributaria de Quintana Roo) y ellos ya hacen la diligencia, porque se vencieron los 90 días que se habían establecido y que concluyen en febrero».
No obstante, antes de tomar medidas adicionales, se debe verificar si existe algún asunto legal interpuesto por la empresa que afecte el proceso de pago de la multa, subrayó el funcionario ambiental.
En cuanto al gobierno municipal de Benito Juárez, el síndico Miguel Ángel Zenteno Cortés indicó que se compromete a pagar una multa de más de un millón 200 mil pesos debido a las omisiones e irregularidades en el relleno sanitario, donde también se gestionan los desechos sanitarios de Isla Mujeres y Puerto Morelos.
Sin embargo, Zenteno Cortés afirmó que buscarán, a través de un proceso legal, que Pimsa asuma una parte de la multa impuesta al gobierno municipal.
Cabe recordar que en noviembre pasado, la PPA impuso una multa de 6 millones 378 mil 661.38 pesos tanto al gobierno municipal como a la entonces empresa concesionaria Pimsa por diversas omisiones e irregularidades detectadas en el relleno sanitario. Además, se emitieron medidas correctivas para mitigar el daño ambiental, incluyendo el manejo inadecuado de lixiviados, falta de compactación de residuos sólidos y el deficiente estado de los pozos de vertido, entre otras infracciones a la Norma Oficial Mexicana (NOM)-083 de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).