Redacción / Quintana Roo Ahora
CANCÚN, Quintana Roo, 5 de noviembre de 2026.— La controversia legal entre el periodista David Jonathann Estrada Castillo, fundador de Grupo Contrapunto Internacional, y la gobernadora de Quintana Roo, Mara Lezama Espinosa, llegó a la justicia electoral federal, luego de que el comunicador impugnara una sentencia que lo declaró responsable de violencia política contra las mujeres en razón de género.
El Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO) emitió el pasado 30 de octubre la resolución PES/002/2026, mediante la cual determinó que determinadas expresiones difundidas por el periodista constituían violencia política de género contra la mandataria estatal.
Sin embargo, Estrada Castillo rechazó la determinación y presentó el 4 de noviembre un recurso ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al considerar que la sentencia vulnera su libertad de expresión y pretende sancionar investigaciones periodísticas relacionadas con el ejercicio del poder en Quintana Roo.
Cuestiona sentencia y denuncia intento de censura
De acuerdo con los argumentos expuestos por su defensa, las publicaciones que dieron origen al procedimiento abordaban las estructuras políticas, los operadores partidistas y las personas que presuntamente influyen en las decisiones del Gobierno del Estado.
El periodista sostiene que sus investigaciones no cuestionaron la capacidad de Mara Lezama por su condición de mujer, sino las relaciones políticas y los grupos de poder que rodean su administración.
Uno de los principales señalamientos de su defensa es que el tribunal habría privilegiado fragmentos de sus publicaciones sin valorar adecuadamente el contexto completo de los materiales audiovisuales presentados durante el procedimiento.
Además, cuestiona que, aunque la responsabilidad fue delimitada a expresiones contenidas en tres publicaciones, para determinar las consecuencias de la infracción se consideraran 20 videos y 110 republicaciones.
Consejero jurídico de Mara Lezama, bajo la lupa
Otro aspecto señalado en el expediente es la participación de Carlos Felipe Fuentes del Río, consejero jurídico del Gobierno de Quintana Roo y representante legal de la gobernadora.
Fuentes del Río es hijo de Felipe Alfredo Fuentes Barrera, magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Según la documentación citada por la defensa, el 17 de septiembre de 2026 la Sala Superior declaró fundada una excusa presentada por el magistrado para no intervenir en un recurso relacionado con la controversia, debido al parentesco con el representante jurídico de la mandataria.
Aunque esta relación familiar no demuestra por sí misma alguna irregularidad en el procedimiento, el antecedente fue incorporado al debate sobre las garantías de imparcialidad judicial.
También solicitaron suspender cuentas digitales
La controversia también alcanzó las redes sociales del comunicador.
De acuerdo con la documentación mencionada en el recurso, el Instituto Electoral de Quintana Roo aprobó el 17 de agosto medidas cautelares dirigidas a Meta Platforms, empresa propietaria de Facebook e Instagram, para solicitar la suspensión temporal de determinados perfiles y cuentas digitales.
Estrada Castillo considera que estas acciones representan un intento de limitar la difusión de sus investigaciones y publicaciones críticas hacia el gobierno estatal.
No obstante, la documentación referida no confirma que Meta haya suspendido la totalidad de sus plataformas digitales.
Disculpa pública y dos años en registros de sancionados
La resolución del TEQROO contempla una amonestación pública, la publicación de una disculpa mediante video, capacitación y medidas de no repetición, así como una inscripción por dos años en registros de personas sancionadas, conforme a las condiciones de firmeza establecidas en la sentencia.
Con la impugnación presentada ante la justicia federal, la defensa busca que se revoque la declaración de responsabilidad y las medidas derivadas de ella.
El caso abre una controversia jurídica sobre los límites entre la libertad de expresión, el ejercicio del periodismo crítico y la protección de las mujeres frente a la violencia política de género.
Por ahora, la sentencia se encuentra impugnada y corresponderá a las autoridades electorales federales determinar si la resolución del tribunal local se ajustó a derecho o debe ser modificada o revocada.

